No
existe restricción de nacionalidades para el ingreso a Colombia.
Se requiere visa salvo para nacionales de los siguientes países
que permanezcan un máximo de 90 días en territorio colombiano
con fines exclusivamente turísticos: Argentina, Austria, Barbados,
Bélgica, Brasil, Canada, Costa Rica, Chile, Dinamarca, Ecuador,
El Salvador, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Gran
Bretaña, Guatemala, Italia, Japón, Liechtenstein, Luxemburgo,
México, Noruega, Países Bajos, Peru, República
de Corea (Corea del Sur), República Federal de Alemania (incluyendo
portadores de pasaportes de la antigua Alemania Oriental), Suecia, Suiza,
Trinidad y Tobago, Uruguay, Venezuela y residentes extranjeros de Canada
y Estados Unidos.
Los extranjeros
de los países que no tienen restricción para ingresar
a Colombia, si vienen únicamente de turismo, pueden permanecer
en el país hasta por 90 días, contados a partir de la
fecha de ingreso que se indica en el sello de inmigración estampado
en el pasaporte por el funcionario del puesto de entrada.
Aquellos que deseen
venir al país por motivos de trabajo o estudio deben solicitar
visa o permiso que se tramita ante los consulados de Colombia acreditados
en el exterior. Las visas pueden ser temporales o de residente. Las
primeras se otorgan a personas que ingresan sin el animo de establecerse
de manera definitiva en el país, las segundas se conceden a quienes
pretenden hacerlo de manera definitiva.
Antes de viajar
se recomienda consultar con el agente consular o diplomático
mas cercano, los tramites y requisitos exigidos por las leyes colombianas
en cada caso.
Otros documentos o papeles que vale la pena tener durante los viajes
son:
Carnet
de estudiante.
Licencia
internacional de conducción.
Certificados
de vacunación.
Seguro
de viajes o de asistencia medica.
Fotografías
recientes tamaño pasaporte.
Fotocopias
del pasaporte, tarjetas de crédito, seguros y demás.
Para mayor información
consulte el Ministerio
de relaciones exteriores